Derechos de Autor
| Referente a los servicios de Derechos de Autor le comento que se realizan ante el Instituto Nacional de Derecho de Autor (INDAUTOR) el cual es un organismo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública creado con la aparición de la Ley de Derecho de Autor el 24 de diciembre de 1996, entrando en vigor el 24 de marzo de 1997.
Etapa inicial: Realizar un Dictamen Previo a nivel nacional para asegurar el registro, y que consiste en buscar si existen denominaciones parecidas o iguales que impidan reservar ese derecho.
Segunda Etapa: La elección de alguno(s) de los siguientes rubros según su necesidad:
Etapa inicial: Realizar un Dictamen Previo a nivel nacional para asegurar el registro, y que consiste en buscar si existen denominaciones parecidas o iguales que impidan reservar ese derecho.
Segunda Etapa: La elección de alguno de los siguientes rubros a proteger según su necesidad:
Finalmente ofrecemos también efectuar las acciones legales necesarias para la preservación de estos derechos y para la represión de actividades que intenten plagiar, imitar, mutilar o de cualquier manera no autorizada utilizar las figuras antes mencionadas. Cuando se trata de una persona moral quien es la que va a tener la titularidad de los derechos sobre la obra se necesitan los siguientes requisitos: · 3 tantos de la copia de la credencial de elector del representante de la Persona Moral · 1 copia certificada y 2 simples del Acta Constitutiva y Poder Legal. · 3 copias simples por ambos lados de la credencial de elector del representante legal. · 3 tantos de la Carta de Colaboración (En su caso). · 3 copias simples de un documento que compruebe la relación laboral entre el Colaborador Remunerado y la Persona Moral (En su caso). Atentamente:
Lic. Allan José Parra Vargas |





















